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POR ACUERDOS INTERNACIONALES QUE TIENE LA SUNAT SUNAT PODRÁ DAR INFORMACIÓN FI NANCIERA DE PERUANOS A SUS PARES EXTRANJEROS

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Ahora la Sunat podrá pedir el levantamiento del secreto bancario, para conocer todos los movimientos, a cualquier juez y este debe resolver la solicitud en un plazo de 48 horas.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), podrá compartir la información fi nanciera de los contribuyentes peruanos con sus pares de otros países y sin necesidad de orden judicial. Y es que el Gobierno hizo precisiones sobre este intercambio de información y el levantamiento del secreto bancario. Este último derecho fue levantado en Suiza (ver página 16). El Decreto Legislativo N° 1313 incorpora un nuevo artículo en la Ley del Sistema Financiero en el que se señala que las entidades del sistema financiero deben entregar información de sus clientes a la Sunat, referida a “saldos y/o montos acumulados, promedios o montos más altos de un determinado periodo y los rendimientos generados, incluyendo la información que identifique a los clientes”, siempre que sean solicitados por países con los cuales se tienen acuerdos tributarios.

Esta información debe ser puntual y no detallará los movimientos de las operaciones de los clientes. Si la Sunat requiere esta información deberá solicitarla a través de un juez, vía el levantamiento del secreto bancario. De acuerdo con el tributarista Walker Villanueva, esta norma permitirá el intercambio de información de la Sunat con otros países a pedido de estos, como parte del acuerdo de la OCDE y ayudará a combatir la evasión tributaria. Sin embargo, Jorge Picón cuestionó la medida, pues afirma que hace que los saldos de las cuentas bancarias dejen de ser reservados. “No puede ser reserva solo para el Perú y no para tratados internacionales. Es o no es reserva”, añadió. Secreto bancario La norma también modificó el artículo del levantamiento del secreto bancario de los contribuyentes, en el que faculta a la Sunat a solicitarlo a cualquier juez, el mismo que tendrá 48 horas para resolver el pedido y luego, 10 días para notificar a la entidad tributaria. Costo para bancos El experto en derecho bancario, Rolando Castellares, afirmó que el levantamiento del secreto bancario generará una situación muy engorrosa y onerosa para las entidades financieras. “A las notificaciones por embargo de cuentas que envían los jueces, se sumarán los pedidos que curse la Sunat”, dijo el experto. Incluso cuando la persona de la que se solicita información no es cliente de la entidad financiera, esta deberá responder a la Sunat para no ser sancionada. “Se generará un mayor costo por responder a los requerimientos de información, que alguien tendrá que pagar”, sostuvo. Dijo que los bancos trasladarán ese impacto a través de menores tasas de interés por los depósitos.

Excepciones de retención de IR en el 2017

La Sunat publicó los montos topes que se podrán exonerar del pago del Impuesto a la Renta (IR) en el ejercicio 2017, tanto para trabajadores de cuarta categoría como para los que están en planilla. En estos casos se precisa que estarán exceptuados quienes tengan ingresos que no superen los S/2,953 al mes o S/35,438 al año. En el caso de directores de empresas, la excepción es si es que ganan hasta S/2,363 al mes o S/28,350 al año. Las personas que cumplan con estos requisitos, deberán hacer el trámite ante la Sunat para evitar el descuento del Impuesto a la Renta, llenando el formato de solicitud que se encuentra en la plataforma Sunat virtual. Esta modificación se da luego que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) actualizara el monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y la fi jara en S/ 4,050 para el año 2017.

Cifras y Datos

1 Convenios. Actualmente Perú tiene 11 convenios de doble imposición tributaria.

2 Intercambio. Son dos acuerdos de la Comunidad Andina y

3 de intercambio de información. 3Proyección. De entrar en la OCDE se intercambiará información con más de 100 países.

Las Claves

  • Se aplicará una multa de 40% de la UIT cuando los contribuyentes no permitan la fiscalización de Sunat.
  • Sunat permitirá que terceros verifiquen los comprobantes electrónicos.
  • Exclusión. Quienes fueron funcionarios públicos desde el año 2009 o sus familiares, no podrán acogerse a la repatriación de capitales.
  • Modificación. Quienes tengan ventas de más de S/ 8,000 al mes no podrán estar en el RUS.
  • Rentas no declaradas que se acojan a la norma de repatriación de capitales no serán consideradas como delito tributario.
  • Depósitos. A noviembre, el número de cuentas de depósitos, tanto de personas como de empresas, sumó 33.9 millones.

 

Fuente: Diario GESTIÓN (Publicado: 03/01/2017)

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