¿QUIERES TRAER $ A TERRITORIO PERUANO?
Con el fin de enfrentar la criminalidad y el lavado del dinero, queda prohibido que las personas salgan o ingresen al país portando más de US$ 30,000 en efectivo o con instrumentos financieros negociables emitidos al portador.
Cabe resaltar que el ingreso o salida de dichos importes deberá realizarse a través de empresas que estén legalmente autorizadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
De no cumplir con esta medida, la Sunat retendrá temporalmente el dinero en efectivo o los instrumentos financieros negociables (cheques) que excedan los US$ 30,000 o su equivalente en otras monedas.
Además, si la persona entra o abandona el territorio Peruano llevando entre US$ 10,000 y US$ 30,000 en efectivo o en instrumentos emitidos al portador, deberá declararlo bajo juramento ante Aduanas:
Por ende, la omisión o falsedad de la declaración es sancionada con el 30% del valor no declarado, independientemente si se demuestra la licitud o no del dinero.
Caso Práctico:
El Señor Sebastián quiere traer una cierta cantidad de dólares de Argentina a territorio peruano, por ende nos consulta, ¿Cuál es el límite de $ permitido, que se puede traer al Perú?
Respuesta:
Según el Decreto Supremo N° 195-2013-EF en su artículo 2º señala que Toda persona que ingrese o salga del país por algún Aeropuerto Internacional, puerto o puesto de control fronterizo de la SUNAT, está obligada a presentar una declaración bajo juramento si porta dinero en efectivo, por sumas superiores a US$ 10,000.00 o su equivalente en moneda nacional u otra moneda extranjera y a su vez queda prohibido que toda persona ingrese o salga del país, llevando dinero en efectivo por montos superiores a US$ 30,000.00.
Conclusiones:
Toda persona puede ingresar o salir fuera del país portando $ pero si te excedes de $10,000.00 tienes que presentar declaración jurada en Aduanas. Asimismo la norma te prohíbe llevar dinero por monto superior a $ 30,000.00, caso contrario SUNAT te retiene el exceso.