Nuevas Reglas para el Pago de Sueldos vía Billeteras Digitales

La digitalización financiera ha dado un nuevo paso en el ámbito laboral peruano. Este viernes 6 de febrero de 2026, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N°011-2026-EF, norma que reglamenta la Ley N°32413.

¿Qué significa esto en la práctica? Que se ha establecido el marco legal y operativo oficial para que los empleadores (tanto del sector público como privado) puedan abonar remuneraciones y beneficios sociales directamente a las billeteras digitales de sus colaboradores.

¿Cuál es el objetivo de la norma?

La finalidad principal es formalizar y promover el uso de aplicativos móviles de pago (billeteras digitales) como un canal válido y seguro para la percepción de haberes. Se busca dejar atrás la dependencia del efectivo y agilizar los procesos de planilla, garantizando siempre la transparencia y el respeto a los derechos del trabajador.

La norma define a la «billetera digital» como el aplicativo móvil que permite iniciar transferencias de fondos usando instrumentos de pago vinculados. (Ejemplo: Yape, Plin, etc.)

Seguridad y Supervisión: El rol de la SBS

Una de las mayores preocupaciones al usar medios digitales es la seguridad. El reglamento es claro al delegar responsabilidades específicas a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Esta entidad se encargará de:

  • Fijar los límites operativos (montos máximos, frecuencia, etc.).
  • Establecer candados para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
  • Garantizar que el pago llegue de manera íntegra y oportuna al trabajador.
¿Qué billeteras se podrán usar?

No cualquier aplicación será válida. Para proteger los fondos de los trabajadores, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en coordinación con el Banco Central de Reserva (BCR), publicará una lista oficial de billeteras digitales autorizadas.

Solo aquellas que cumplan con los estándares de interoperabilidad y seguridad figurarán en el portal digital del MEF como aptas para recibir sueldos.

Transparencia en la información (MTPE y MEF)

Para asegurar que este mecanismo no incentive la informalidad, habrá un cruce de información constante:

  • El Ministerio de Trabajo (MTPE) enviará mensualmente reportes anonimizados de la Planilla Electrónica al MEF.
  • El objetivo es monitorear cómo se distribuyen los pagos entre cuentas de ahorro tradicionales, dinero electrónico (billeteras) y efectivo.
Educación Financiera: Un pilar fundamental

El reglamento no solo impone reglas, sino que obliga a las instituciones (MTPE, MEF y SBS) a realizar campañas de difusión. Tanto empleadores como trabajadores recibirán orientación sobre:

  • Cómo vincular sus cuentas a las billeteras.
  • Uso responsable y seguro de los fondos.
  • Ventajas de la inclusión financiera digital.
Conclusión para Empleadores y RR.HH.

Si gestionas talento humano, es momento de prepararse. Aunque el pago por billetera digital es una opción que facilita la inmediatez, debes esperar a las adecuaciones técnicas del MTPE y revisar la lista de aplicativos autorizados antes de migrar tus procesos de pago.

Esta medida representa una oportunidad excelente para reducir la carga operativa bancaria y ofrecer a los colaboradores métodos de cobro más ágiles y modernos.

Hugo Rodriguez
Hugo Rodriguez
Articles: 71

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *