ESTE JUEVES INICIA VENCIMIENTOS DE DECLARACIÓN DE PREDIOS
El miércoles 1 de julio es la primera fecha límite para la declaración de predios o viviendas a nivel nacional para quienes tengan dos o más predios en el Perú o en el extranjero y cuyos autovalúos sumen más de 150 mil soles al 31 de diciembre del 2014, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Quiénes están obligados a declarar?
están obligados a declarar las personas naturales, sociedades conyugales o sucesiones indivisas, que al 31 de diciembre del 2014, hayan sido propietarias de:
- Dos o más predios, cuya suma de autovalúos (Correspondiente al año 2015) superen los S/. 150,000.00.
- Dos o más predios que se hayan cedido para realizar alguna actividad económica.
- Un solo predio cuyo valor actual supere los S/. 150,000.00 y que se haya subdividido y/o se amplió para cederlo a terceros en forma gratuita u onerosa, siempre que estas subdivisiones y/o ampliaciones no hayan sido independizadas en los Registros Públicos.
Excepciones:
Están excentos de presentar esta declaración, quienes al 31 de diciembre del 2014 han sido propietarios de hasta tres predios que se encuentren ubicados en una misma edificación y que hayan sido destinados, uno a vivienda, otro a cochera y el tercero a depósito, comprendidos en el Régimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común (Ley N° 27157).
Esta solicitud solo es de carácter informativo para que la Sunat pueda detectar las variaciones producidas en los patrimonios y no conlleva a un pago de impuestos.
La declaración es sencilla, solo necesita acercarse a los centros de servicios de la Sunat o realizarla a través de su portal web siguiendo el cronograma de la Sunat, de acuerdo al último dígito del número de RUC, DNI o pasaporte.
Cronograma de presentación:
- Aquellos que terminen en 9 y 8 o letra tienen como último día de pago el 1 de julio.
- Para los dígitos 7 y 6, el vencimiento es el 2 de julio.
- Para los dígitos 5 y 4 les corresponde presentar su declaración antes del 3 de julio,
- Para los dígitos 3 y 2 el plazo vence el 6 de julio.
- Finalmente, el 1 y 0 tienen tiempo hasta el 7 de julio.
el trámite se puede hacer en los centros de servicio, o también a través de la internet directamente.
Procedimiento:
- Si una persona tiene hasta veinte predios utilizará el formato virtual 1630
- Si supera los 20 predios utilizará el PDT 3530.
Si una persona no declara su predio dentro de las fechas indicadas, puede declarar sin ser multado hasta que le llegue una notificación de la Sunat. una vez que esto suceda, pagaría una multa equivalente al 15 por ciento de una UIT, es decir, 578 soles, si es persona natural o 30 por ciento de la UIT, o 1,155 soles, si es una persona jurídica.
Fuente: Rpp.