TRÁMITE PARA RETIRO DE FONDOS DE AFP DURARÁ 10 DÍAS COMO MÁXIMO.
En 7 días, los afiliados de 65 años podrán evaluar el retiro de su dinero y en 3 días la AFP deberá atender el pedido. Las opciones para jubilarse son: optar por cobrar el 95,5% de su fondo, un porcentaje menor y a la vez recibir una pensión, o acceder a una pensión bajo el sistema actual.
Son 110 mil afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), con más de 65 años, que ahora cuentan con una opción más de jubilación que es el retiro de hasta el 95,5% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
Así lo explicó el jefe de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Javier Poggi, quien detalló que desde este martes 16 de mayo los afiliados pueden acercarse a sus AFP para iniciar el trámite del retiro de sus fondos.
También aquellos que accedan al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) podrán iniciar dicha solicitud de entrega de un porcentaje de su fondo hasta un 95,5% y el 4,5% restante se destinará para EsSalud.
Tenga en cuenta que no pueden acceder al retiro de sus fondos aquellos que ya reciben una pensión en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
¿Cuáles son los pasos que debe seguir el afiliado para solicitar el retiro de hasta el 95,5% de sus fondos? A partir de los 65 años, luego de haber recibido asesorías de su AFP de las diversas formas de jubilación, tiene 7 días hábiles para evaluarlo y tomar una decisión. A partir del octavo día, podrá comunicar su decisión a su AFP acercándose a la agencia o por vía telefónica o a través del correo electrónico.
Para ello, el afiliado tiene tres opciones a elegir:
1) Retirar el 95,5% del saldo de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
2) Recibir una pensión, a través de los diversos productos pensionarios (sistema actual).
3) La combinación de ambas opciones. Es decir, retirar un porcentaje menor al 95,5% y tomar una pensión con el saldo restante.
10 días como máximo
En caso el afiliado opte por la modalidad 1, por el retiro del 95,5% de su fondo, la AFP tendrá un plazo máximo de tres días hábiles para la entrega. Es decir, que el proceso de información, elección y entrega del fondo tomará un máximo de 10 días hábiles.
Por lo que si inicia su trámite de retiro de fondos el 16 de mayo, tendrá su dinero el 27 de mayo. «El afiliado debe comunicar si desea retirar su fondo en una armada o varias», manifestó el superintendente de la SBS.
En el caso de las personas que tienen pendiente un bono de reconocimiento igualmente pueden solicitar la devolución de sus fondos actuales y cuando se apruebe el bono optar nuevamente por el retiro del 95,5% del fondo.
Pero en esta nueva modalidad de jubilación de retiro de hasta el 95,5% de los fondos de su AFP, la SBS advirtió que existe el riesgo de que aquellos que opten por esta opción se queden sin la cobertura de EsSalud por falta de precisiones en la ley.
«En la ley se señala que se quede en la cuenta un 4,5% que sería para EsSalud, pero no se detalla su uso y cómo se va a trasladar ese dinero a dicha institución. La ley no especifica eso. Hemos conversado con el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Modesto Julca, sobre esta problemática y mañana (hoy) nos reuniremos para conversar sobre el proyecto que vienen trabajando para detallar dicha precisión», mencionó Poggi.
Indicó que este problema de cobertura de EsSalud solo se daría en el caso del retiro del 95,5% mientras que si es menor a este porcentaje no habría problema porque de la pensión se destinaría para la atención en el seguro social, tal cual funciona el sistema hoy en día.
Esta nueva modalidad de retiro del 95,5% de los fondos de las AFP, al llegar a los 65 años, generó que en los últimos 8 meses, unos 5 mil afiliados al Sistema Privado de Pensiones en edad de jubilarse postergaran el inicio de sus trámites, según información de la SBS.
No debe olvidar que al retirar el 95,5% de sus fondos no tiene derecho a la garantía estatal ni a una pensión de sobrevivencia. Poggi aclaró que con el retiro del fondo previsional se perderá la garantía estatal para lo que corresponda.
Otras dos opciones
En caso opte por la modalidad 2 o 3, para percibir su pensión tiene las opciones de Renta Vitalicia Familiar, Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida a 1 año y Retiro Programado.
Hay que precisar que en el Retiro Programado usted recibirá una pensión hasta que el fondo que haya acumulado se termine. Mientras tenga dinero en su fondo este seguirá siendo invertido para que gane rentabilidad.
En el caso se decida por la Renta Vitalicia se transfiere el capital a una aseguradora para que pueda realizarle el pago en soles o dólares.
Y en la Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida a 1 año, se transfiere el capital a la aseguradora a cambio de una Renta Vitalicia diferida, dejando una parte del saldo en su fondo para pagarle una pensión temporal durante 1 año bajo la modalidad de Retiro Programado.
Las AFP ya se preparan
A solo dos semanas de iniciar los procesos de solicitud para el retiro de fondos, las AFP ya se vienen preparando para atender dichos pedidos. El vicepresidente de Operaciones de AFP Integra, César Chang, sostuvo que están organizando los canales de servicio que permitan atender a los clientes a partir del 16 de mayo tanto en canales remotos como en páginas web y call center así como los mecanismos de citas para las asesorías personales.
«También estamos estableciendo los canales de pago estableciendo los mecanismos usuales en la AFP. Es importante esta disposición para los afiliados que desean optar por su fondo porque no hay entrega de dinero en la agencia sino que se realiza a través de una red bancaria como medida de seguridad», consideró.
Precisó que, en las últimas semanas, vienen recibiendo consultas en sus call centers sobre el retiro de fondos así como del uso del 25% como garantía para la compra de una vivienda.
«Recibimos más consultas por el tema de vivienda que por el retiro de fondos. Y es que lo de la vivienda beneficiaría a un mayor porcentaje de la población», recalcó.
Algunos comentarios
El congresista Yonhy Lescano, vicepresidente de la Comisión de Trabajo del Congreso, consideró precario e incompleto el procedimiento operativo implementado por la SBS ya que viola la Ley 30425 de liberación de aportes de las AFP porque pone tres plazos que la ley no contempla.
«El Superintendente ha faltado a la verdad al decir que porque la Ley 30425 no dice expresamente que el 4,5% de la CIC va a Essalud, esto provocaría que el afiliado se quede sin cobertura de salud, lo que es falso, puesto que la Ley 26790 dispone esto», dijo.
La consultora MC&F sostuvo que aquellos que opten por el retiro del 95,5% de los fondos concentrarán alternativas en depósitos a plazos, compra de inmuebles, entre otros.
El 15 de mayo darán detalles sobre uso de fondos para vivienda.
El 15 de mayo, la SBS informará sobre el procedimiento operativo para que los afiliados puedan usar el 25% de su fondo acumulado en las AFP como garantía para la cuota inicial de una vivienda.
En este punto, se debe precisar que según la ley no es necesario cumplir los 65 años para poder usar dicho porcentaje en la compra de una vivienda.
Debe recordarse que hace unas semanas, el ministro de Vivienda, Francisco Dumler, estimó que un afiliado como mínimo debería tener acumulado S/ 50 mil en su fondo para acceder a una vivienda de S/ 12.500.
Otro de los puntos que la SBS detallará en la primera quincena del próximo mes será el procedimiento que deben seguir los afiliados para solicitar la devolución de hasta el 50% de sus aportes a las AFP en caso de enfermedad terminal.
Claves
Para cualquier procedimiento, la SBS cuenta con la plataforma de atención al usuario que brinda orientación sobre el SPP, asesora en el uso de productos previsionales, entrega material informativo, entre otros.
Los canales de atención de la SBS son: vía telefónica, llamando a la línea gratuita a nivel nacional 0-800-10840 o en Lima al 01-200-1930. Vía web, visitando el portal www.sbs.gob.pe. Además del trato presencial en cualquiera de las oficinas de atención al usuario y a través de la mesa de partes.
Fuente: Diario La República