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FIESTAS PATRIAS: ¿QUÉ SUCEDE SI TRABAJO LOS FERIADOS 28 Y 29 DE JULIO?

Estimados lectores, el día viernes 28 y sábado 29 de julio se celebran las Fiestas Patrias en el Perú, festividad importante que conmemora el día de nuestra independiencia que sucedió el 28 de julio del 1821.

Los días 28 y 29 de Julio son considerados como feriados, por lo cual los trabajadores se cuestionan cuánto debe recibir si le asignan laborar en dichas fechas. Por ello, el trabajador que labore de manera presencial o remota en los días feriados recibirá los siguientes pagos por cada día laborado:

  1. Pago por el día feriado.
  2. Pago por la actividad laboral.
  3. Sobretasa del 100%.

En caso que el empleador te brinde un día de descanso en reemplazo de cada feriado laborado, ya no se recibirá alguna suma adicional. No olvides que los MYPES tienen derecho a descansos remunerados entre otros beneficios si perteneces a una empresa formal.

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