PRESENTACION DE DOCUMENTOS ANTE LA MPV-SUNAT
Que, Mediante la RS N°000058-2022/SUNAT se ha modificado el artículo 2° de la RS N°077-2020/SUNAT, la misma que aprueba la creación de la Mesa de Partes Virtual (MPV) de la Administración Tributaria SUNAT, respecto del horario de presentación de documentos ante la MPV-SUNAT:
En ese sentido, se ha dispuesto lo siguiente:
«Artículo 2.- De la presentación de documentos en la MPV-SUNAT
Cuando se utilice la MPV-SUNAT, salvo disposición distinta, la presentación de documentos se regirá por lo siguiente:
– Los documentos presentados entre las 00:00 horas y las 23:59 horas de un día hábil, se consideran presentados el mismo día hábil.
– Los documentos presentados los sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, se consideran presentados al primer día hábil siguiente.»
De lo expuesto, se tiene que los contribuyentes podrán presentar durante las 24 horas sus documentos ante la MPV de la SUNAT, sin retrasos en su recepción, tratamiento que anteriormente se le estaba brindando cuando se presentaban los documentos pasados las 16:30 h.