ADEX: 6 MILLONES DE PERUANOS SERÁN BENEFICIADOS CON EXPORTACIÓN DE SERVICIOS
La ley de Exportación de Servicios, aprobada la semana pasada por el Congreso, permitirá dinamizar el empleo formal y beneficiar potencialmente a 6 millones de peruanos que trabajan en el sector servicios, estimó la Asociación de Exportadores (Adex).
Juan Varilias, presidente del gremio exportador, saludó la aprobación de la norma y solicitó al gobierno su promulgación en el plazo más breve, al ser un paso importante para el progreso del emprendedor que ahora podrá ofrecer sus servicios a clientes del exterior, sin pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV).
Actualmente más de 6 millones de personas trabajan en el sector servicios, de acuerdo a datos estadísticos de Adex, siendo los sectores más dinámicos el de alojamiento y restaurantes, transporte y almacenamiento, y los servicios profesionales.
“Todas estos profesionales serán beneficiadas con esta ley, pues podrán incrementar sus ventas ofreciendo sus servicios a clientes del exterior. Esta norma no solo debe promulgarse sino que requiere de una reglamentación rápida para evitar lo sucedido el 2012, cuando se dejó sin efecto esta medida”, dijo Varilias.
El sector servicios es uno de los rubros altamente generadores de empleo. Según CEPAL, un millón de dólares invertidos en turismo genera 5.7 puestos de trabajo, en comercio 7.1 y en los ‘call centers’ hasta 73 empleos. En contraste, un millón invertido en minería genera apenas medio puesto de trabajo.
Las exportaciones de servicios – de acuerdo a Adex – ascendieron a US$ 6,226 millones el 2015, lo que implicó un crecimiento de 4,6% respecto 2014. Este resultado positivo se dio en medio de una coyuntura complicada, donde los otros sectores exportadores retrocedieron.
Si bien estas cifras son alentadoras, para el gremio son las más bajas de la Alianza del Pacífico. Por ejemplo el 2014, México exportó 3.6 veces más que Perú, Chile el doble y Colombia 20% más.
¿Qué beneficios brinda la ley aprobada?
Lo más relevante de la norma es que se restituye el derecho de devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) que tiene todo tipo de exportación de servicios, condición elemental de competitividad, ya que un impuesto nunca debe ser exportado.
En las condiciones actuales, una variedad de servicios que exporta una empresa no tienen derecho a la devolución del IGV, es decir, servicios como turismo, atención médica, los que brindan abogados, arquitectos y otros profesionales en el exterior, o incluso los peruanos que instalan una oficina fuera del país, cobran este impuesto a sus clientes.
La norma, además, incluye el beneficio de evolución de IGV a los denominados: servicios complementarios para el servicio de carga entre los que se encuentran el remolque, alquiler de amarraderos, transbordo de carga, estiba y desestiba, entre otros.
FUENTE: DIARIO GESTIÓN