PREPÁRESE PARA LA DECLARACIÓN DE PREDIOS 2015 – CRONOGRAMA FINAL VENCERÁ PRIMERA SEMANA DE JUNIO.
Del 1 al 7 de junio vencerá el plazo para la presentación oportuna de la declaración de predios 2015. Su inobservancia podría significar una multa por 593 soles, recalca la Cámara de Comercio de Lima.
Así, dicha obligación alcanza a las personas naturales, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, domiciliadas o no, inscritas o no en el RUC, siempre que al pasado 31 de diciembre hayan reportado propiedades.
Estas últimas se refieren a por lo menos dos o más predios cuyos autovalúos superen los 150,000 soles; o dos o más predios que en el 2015 hubieran sido cedidos o alquilados para cualquier actividad económica.
También alude al predio único cuyo valor supere los 150,000 soles, que hubiera sido subdividido o ampliado para cederlo a terceros, explicó el gerente legal de este gremio, Víctor Zavala Lozano, quien añadió que la declaración es obligatoria, aun cuando los predios hayan sido transferidos a partir del 1 de enero de 2016.
Para efectos de la declaración, de igual modo, se considera como valor del predio el que consta en el autoavalúo para el pago del impuesto predial correspondiente al año 2016.
Mientras que en el caso de predios ubicados en el extranjero se deberá atender el valor del predio sobre el cual se paga impuestos en el exterior. “En este caso, el valor será declarado en dólares, considerando el tipo de cambio que lo calcula automáticamente el formulario o el PDT Sunat”, anotó Zavala Lozano.
Otro aspecto importante para el correcto cumplimiento de esta declaración se refiere a los propietarios que tengan la condición de no domiciliados.
En este caso, en las declaraciones deberán consignar tipo y número de documento, fecha de nacimiento, tipo de dirección según corresponda el domicilio del sujeto y/o lugar donde este realice su actividad, dirección domiciliaria y nacionalidad del declarante, según la RS Nº 110-2016-Sunat.
Para la entrega de esta información, los obligados deberán utilizar el Formulario Virtual 1630 o el PDT 3530, versión 1.1 aprobada por RS Nº 110-2016-SUNAT.
Entre los pasos para la declaración de predios, el experto recomendó verificar la hoja resumen del referido tributo; ingresar al portal de la Sunat y ubicar “opciones sin clave sol”, y seleccionar la opción “presentación de la declaración de predios F1630”.
También será importante el registro en el Formulario Virtual 1630, del detalle del valor de cada predio y la fecha de adquisición, así como la impresión de la constancia de presentación.
La declaración de predios es informativa, le sirve a la Sunat para verificar el pago del impuesto a la renta de predios alquilados o el incremento patrimonial no justificado, cuando el valor de los bienes adquiridos no coincide con los ingresos declarados ante el ente recaudador.
Fuente: El Peruano