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Actualidad

¿En qué consisten los nuevos actos inscribibles en el SID-SUNARP?

BASE LEGAL:

  • Resolución del Superintendente Nacional De Los Registros Públicos N° 098-2020-SUNARP/SN.

Atendiendo las evaluaciones técnicas por parte de SUNARP, se ha establecido oportuno y necesario incorporar, como alternativa a la tramitación física de los mismos, la presentación e inscripción a través del SID-SUNARP de nuevos actos inscribibles correspondientes a los Registros de Predios, de Personas Jurídicas, de Testamentos, de Propiedad Vehicular y Mobiliario de Contratos.

Así mismo, los nuevos actos a incorporarse al SIDSUNARP favorecerán la reactivación económica del país a efectos de la aplicación del trabajo remoto para la calificación de los títulos por parte de los registradores.

La presentación electrónica mediante el SID-SUNARP de actos correspondientes al Registro de Testamentos a partir del 24 de julio de 2020 serán:

  • Otorgamiento de testamento.
  • Modificación de testamento.
  • Ampliación de testamento.
  • Revocación de testamento.
  • Renuncia de herencia.

La presentación electrónica mediante el SID-SUNARP de actos correspondientes al Registro de Propiedad Vehicular a partir del 24 de julio de 2020.

La presentación electrónica mediante el SID-SUNARP de garantías mobiliarias en el Registro de Propiedad Vehicular y en el Registro Mobiliario de Contratos.

Presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Personas Jurídicas.

A partir del 24 de julio de 2020:

  • Transferencia de participaciones
  • Nombramiento, remoción o renuncia de directorio, director o de cualquiera de los cargos comprendidos en dicho órgano

A partir del 19 de agosto de 2020:

  • Constitución de Sociedad Civil.
  • Constitución de Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.
  • Constitución de Sociedad Colectiva.
  • Constitución de Sociedad en Comandita por Acciones.
  • Constitución de Sociedad en Comandita Simple.
  • Escisión.
  • Fusión.
  • Transformación.
  • Disolución, liquidación y extinción.
  • Constitución de Fundación.
  • Constitución de Comités.
  • Constitución de Cooperativas.

La presentación electrónica mediante el Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP de actos correspondientes al Registro de Predios.

A partir del 24 de julio:

  • Transferencia por aporte

A partir del 31 de agosto de 2020:

  • Renuncia de herencia.
  • Reversión y revocatoria de donación o anticipo de legítima.
  • Transferencia por reducción de capital.
  • Transferencia por fusión, escisión y reorganización simple.
  • Cesión de derechos.
  • Cesión de posición contractual.
  • Transferencia por fenecimiento de la sociedad de gananciales.
  • Transferencia por sucesión testamentaria.
  • Sustitución de régimen patrimonial.
  • División y partición.
  • Resolución de contrato.
  • Título supletorio.
  • Arrendamiento financiero.
  • Pacto de reserva de propiedad.
  • Pacto de retroventa.
  • Inmovilización Temporal de partidas.
  • Pacto de indivisión.
  • Modificación de patrimonio familiar.
  • Derecho de superficie.
  • Nombramiento y remoción de presidente de la junta de propietarios.
  • Nombramiento y remoción de Directiva de la junta de propietarios.
  • Anotación preventiva notarial por falsificación.
  • Anotación preventiva notarial por suplantación.

Precisión:

Los actos registrales a través del SID-SUNARP constituyen un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción y comprende exclusivamente a los documentos de intervención notarial.

Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista

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