¿Los practicantes pueden acceder al pago de gratificaciones de Fiestas patrias?
Base Legal:
Decreto Legislativo Nº 1401
Análisis:
Actualmente nos encontramos a puertas de que se efectúen los depósitos por parte de las empresas por el pago de gratificaciones de Fiestas Patrias para todos los trabajadores que se encuentren en planilla.
¿Hasta cuándo se puede efectuar dicho depósito?
Dicho pago se tiene que efectuar hasta el 15 de julio del 2020.
En este contexto las empresas como los propios practicantes pueden abordar la siguiente interrogante ¿Los practicantes podrían acceder a este beneficio de gratificaciones de Fiestas Patrias?
Ante esto la respuesta es negativa, los practicantes no podrán recibir un dinero extra puesto que no figuran en las planillas de las empresas. Sin embargo, al amparo del Decreto Legislativo Nº 1401, poseen un beneficio llamado monto de subvención que se otorga cada seis (6) meses. Dicha subvención adicional es equivalente a media subvención económica mensual.
Por lo tanto el tratamiento que se le da a los practicantes profesionales es totalmente distinto a un trabajador que se encuentra en planilla.
onclusiones y recomendaciones:
- Las empresas tienen hasta el 15 de julio para efectuar el pago de gratificaciones de Fiestas Patrias.
- Los practicantes no tienen derecho al pago de gratificaciones de Fiestas Patrias.
- Los practicantes tienen derecho al pago de un beneficio llamado subvención.
Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista