SUNAFIL CONSOLIDARÁ REGLAS SOBRE INSPECCIÓN EN SST
Publican proyecto de directiva, en el que pretenden priorizar las visitas a los lugares donde se desarrollan actividades de alto riesgo.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) sometió a consideración de la ciudadanía el proyecto de directiva para el ejercicio de la función inspectiva en materia de seguridad y salud en el trabajo (SST), que consolida en un único documento aquellas reglas generales de la actuación inspectiva para realizar la fiscalización en ese rubro.
Entre los aspectos más resaltantes de la propuesta normativa destaca la planificación de la inspección. Se establece que se deberán tomar en cuenta los antecedentes de actuaciones previas de orientación y fiscalización en SST.
En el proyecto se determina la priorización de la inspección en los centros laborales donde se realizan actividades de alto riesgo, así como en aquellos donde se hayan registrado mayores niveles de incumplimientos de las normas sobre la materia o donde se haya obstruido la labor inspectiva.
Inmediatez y protección
Respecto al tiempo para el desarrollo de una inspección sobre SST, en el proyecto de directiva se precisan los plazos y la inmediatez con que deben realizarse las intervenciones cuando se trate de aspectos relacionados al derecho fundamental a la vida y la salud de los trabajadores.
Se detalla, asimismo, que los inspectores de trabajo estarían facultados para realizar sus visitas con aquellos especialistas que estimen necesarios para el desarrollo de sus funciones, sean peritos, técnicos o representantes de los trabajadores (miembros del Comité de SST o supervisor).
En caso fuera necesario y el inspector comprobase el incumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos graves e inminentes para la seguridad y salud de los trabajadores, ordenaría la inmediata paralización o prohibición de los trabajos, pudiendo inclusive solicitar el apoyo de la fuerza pública.
Esta acción se realizaría sin perjuicio del pago de las remuneraciones o indemnizaciones de los trabajadores afectados.
Estos y otros aspectos de la fiscalización en seguridad y salud ocupacional han sido incorporados en la citada propuesta normativa, que deberá incluir los aportes significativos de la población en general, a fin de aprobar una herramienta útil para los actores que integran el sistema laboral en el Perú: Estado, trabajadores y empleadores.
El proyecto de directiva se encuentra disponible en el portal institucional de la Sunafil (http//www.sunafil.gob.pe), en el que se accede al enlace Directiva para el Ejercicio de la Función Inspectiva en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Dado que dicha superintendencia brinda un servicio público que repercute en los trabajadores y en el empresariado, cualquier persona natural o jurídica podrá enviar sus comentarios y aportes respecto a la citada iniciativa reglamentaria al correo electrónico: comentariosdirectivas@sunafil.gob.pe en un plazo 15 días siguientes a la fecha de la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 015-2016-Sunafil, por la cual se dispone publicar la mencionada propuesta de directiva.
Predictibilidad
A criterio del laboralista César Puntriano, resulta favorable difundir el citado proyecto normativo porque todo lo que suponga predictibilidad y reglas claras para las empresas es sumamente positivo. Así, las empresas sabrán a qué atenerse ante una fiscalización de la Sunafil y cómo se conducirá el inspector de esta entidad al momento de realizar la fiscalización de las normas sobre SST.
Aporte
Puntriano considera que la fiscalización en materia de SST no puede realizarse por profesionales del Derecho.
A su juicio, dicho tipo de inspección tiene que llevarse a cabo por ingenieros, expertos en seguridad ocupacional y, en ese sentido, eventualmente por médicos ocupacionales que conocen la materia.
Fuente: El Peruano.