A PARTIR DE LA VIGENCIA DE LA LEY N° 30334 LAS GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS Y NAVIDAD, PAGADAS A LOS TRABAJADORES PESQUEROS AFILIADOS AL REP, SE ENCUENTRAN INAFECTAS AL RÉGIMEN
El informe N° 102-2015-SUNAT/5D0000 de fecha 22 de julio de 2015, concluye que a partir de la vigencia de la Ley N° 30334[1], las gratificaciones por Fiestas patrias y Navidad, pagadas a los trabajadores pesqueros afiliados al Régimen Especial de Pensiones, se encuentran inafectos al aporte de dicho Régimen; sin embargo, la bonificación extraordinaria a que se refiere el artículo 3° de la mencionada Ley se encuentra afecta al aporte al REP.
A esta conclusión arriba el Informe de la referencia, bajo las siguientes premisas:
En el Informe N° 038-2015-SUNAT/5D0000, se estableció que la definición de “remuneración asegurable” que constituye la base para el cálculo de los aportes al REP, es amplia e incluye todo ingreso que perciba el trabajador pesquero , como es el caso de las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad.
Debe tenerse en cuenta, que mediante el artículo 1° de la Ley N° 30334 se ha dispuesto que tales gratificaciones no se encuentran afectas a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por Ley.
En consecuencia, a partir de la Vigencia de la Ley N° 30334, las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, pagadas a los trabajadores pesqueros afiliados al REP, se encuentran inafectas añ aporte de dicho Régimen.
puedes revisar el Texto del Informe N° 102-2015-SUNAT/5D0000 de fecha 22 de julio de 2015, Aquí INFORME SUNAT
[1] Ley que establece medidas para Dinamizar la economía en el año 2015, publicada el 24.06.2015