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CONOCE LAS INFRACCIONES QUE APLICAN AL NO PAGAR LAS GRATIFICACIONES

Estimados lectores, es importante conocer que los empleadores quienes están sujetos al régimen laboral de la Actividad Privada se encuentran en la obligación de efectuar el depósito de las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad, dentro de la primera quincena de los meses de julio y diciembre, respectivamente. Sin embargo, de no hacerlo, estarían incurriendo en infracción en materia de relaciones laborales, pudiendo ser sancionados por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, con el pago de una determinada multa.

Con respecto a la multa, debemos tener en cuenta que varia depende del tamaño de la empresa. En el caso de una pequeña empresa puede alcanzar hasta una cifra de S/ 20,700 mientras que en las medianas y grandes empresas la sanción podría llegar hasta S/120,152.En el caso particular de una microempresa, la multa puede ser desde S/506 hasta S/2,070.

Cabe resaltar que el propósito es buscar que el empleador conozca las fechas asignadas para las gratificaciones con el fin de evitar la multa.

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