¿CUÁLES SON LAS ÁREAS BENEFICIADAS DE LA TASA ESPECIAL DEL IGV DEL 10%?
Estimados lectores, los servicios con los beneficios son las actividades de hotelería o alojamiento turístico y actividades de restaurante.
- Sector Hotelería o Alojamiento Turística: Los servicios de la clase 5510 de la División 55 de la Sección I , como por ejemplo los suministros como alojamiento para estancia corta en habitaciones entre otros.
- Actividades de Restaurante: A los servicios comprendidos en la clase 5610 de la División 56 de la Sección I , como por ejemplo, cafetería, restaurante de comida rápida entre otros.
Cabe señalar que los servicios no están incluidas las actividades de catering (Clase 5621-División 56) o de concesionario de alimentos (Clase 5629-División 56). Base legal Nº 31556.
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