GRATIFICACION NAVIDAD 2021

Base Legal: Ley N° 27735

De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27735 – Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas patrias y Navidad, se establece que los trabajadores que se encuentren dentro del régimen laboral de la actividad privada a percibir dos gratificaciones, con motivo de Fiestas Patrias y otra con ocasión de Navidad, las mismas que serán abonadas en la primera quincena de los meses de julio y de diciembre correspondientemente.

En ese sentido los empleadores deberán de abonar a los trabajadores de la pequeña, mediana y gran empresa las gratificaciones de Fiestas Patrias a sus trabajadores hasta el 15 de diciembre. Al respecto, es importante tener en cuenta que, la omisión del pago por este concepto se considera una infracción grave, por lo cual la SUNAFIL tiene todas las facultades de imponer sanciones. Las multas se calculan dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados.

Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista
Rosario Rentería García
Rosario Rentería García
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