Ley Nº 31572: SE APROBÓ EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL TELETRABAJO
Estimados lectores, acorde a la ley N°31572 , se establece que las entidades públicas, instituciones y empresas tienen plazo hasta el 27 de abril para adecuarse a la legislación del teletrabajo.
La norma menciona varios lineamientos y detalla que se aplica para cualquier trabajo a distancia, ya sea parcial o total, dentro o fuera del país.
Para ello, se debe tener en cuenta que existen dos modalidades:
a) Teletrabajo total: Es aquel en el que se acuerda la prestación de labores no presenciales, salvo eventuales actividades o coordinaciones.
b) Teletrabajo parcial: Es aquel en el que se acuerda la prestación de actividades presenciales y actividades no presenciales.
Finalmente, es importante hacer énfasis que el objetivo de dicha norma es la regulación del teletrabajo en el cual el empleador y el trabajador tienen la posibilidad de aplicar dicha norma de manera voluntaria. Adicionalmente, dicha norma beneficiará la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral y podrá garantizar un desarrollo eficiente en la empresa.
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