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PROMUEVEN EMPLEO EN PERSONAS CON DISCAPACIDAD

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Las reglas que desarrolla el derecho de las personas con discapacidad de solicitar ajustes razonables en el trabajo, así como de la obligación de los empleadores de proporcionarlos siempre que no se incurra en cargas económicas desproporcionadas o indebidas, aprobó el sector Trabajo.

Así, la autoridad señala que es responsabilidad del empleador adoptar los ajustes razonables en colaboración del trabajador con discapacidad, además prevé la data sobre las obligaciones del empleador respecto a la carga económica excesiva, fijada para la aplicación de dichos ajustes, los que serán deducibles del IR.

Considera, asimismo, al teletrabajo como ajuste razonable, permitiendo el pacto de un horario en que no obligue a este trabajador a asistir al centro de trabajo. Además, refiere que la incorporación de estos ajustes en los casos de intermediación y tercerización supone la posibilidad de coordinar con la empresa contratista o usuaria la adopción de ajustes a favor de trabajadores con discapacidad.

Fuente: Diario El Peruano

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