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¿QUÉ ASPECTOS SON APLICADOS PARA EL CÁLCULO DE UTILIDADES?

Estimado lector, acorde al artículo 2 del Decreto Legislativo N°892, el cálculo de utilidades se aplica acorde al 50% en relación a la remuneración del trabajador. Por ello, te brindamos los siguientes aspectos remunerativos:

-Remuneración básica, asignación familiar, comisiones, remuneración vacacional , gratificaciones, movilidad, licencia con goce de haber, remuneración por hora de lactancia, cualquier bonificación regular.

Acorde al artículo 6 del D.S N°009-98 -TR , los conceptos no remunerativos para realizar el cálculo de utilidades están en el Art. 19° y 20° del D.S N°001-97-TR que detalla sobre la ley del CTS.

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