Tratamiento laboral sobre las remuneraciones por días feriados
Que, de acuerdo a lo regulado por el Decreto Legislativo Nº 713, es importante manifestar que los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria proporcionalmente a un día de trabajo.
En ese sentido, los trabajadores que decidan pactar trabajar los días feriados nacionales por semana santa, esto es, jueves 14 y viernes 15 de abril de 2022, sin descanso sustitutorio, tendrán el derecho a percibir por cada feriado triple remuneración diaria, la cual consiste en el pago por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.