¿En qué consiste la suspensión del cómputo de plazos administrativos relacionados con funciones y atribuciones de la SBS?
Base Legal:
- RESOLUCIÓN SBS Nº 1753-2020
- RESOLUCIÓN SBS N° 1259-2020
- TEXTO ÚNICO ORDENADO de la Ley N° 27444
Análisis:
Mediante la presente Resolución, la Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones establece:
- Ampliar desde el 1 hasta el 31 de julio del 2020 la suspensión del cómputo de plazos dispuesto mediante Resolución SBS N° 1259-2020, la misma que fue prorrogada respecto a los plazos administrativos relacionados con:
- Funciones y atribuciones que corresponden a la SBS.
- Los establecidos para la entrega de información que fuera requerida de forma virtual, referidos a los artículos 252º y 253º del TUO de la Ley N° 27444.
- La suspensión del cómputo de plazos a la que se refiere el artículo tercero de la Resolución SBS N° 1268-2020. “Suspéndase hasta el 12 de abril de 2020, inclusive, el cómputo de los plazos establecidos para el cumplimiento de disposiciones emitidas por esta Superintendencia, con excepción de aquellos referidos a disposiciones respecto de las cuales la Superintendencia hubiera requerido expresamente a los administrados su cumplimiento”.
Conclusiones y recomendaciones:
Mediante ampliación, se tiene prorrogada la suspensión de plazos administrativos ante la SBS.
Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista