SE EMITIRÁN CERTIFICADOS LITERALES EN LÍNEA – SUNARP
MATERIA:
Mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 058-2020-SUNARP/SN, de fecha 29 de mayo de 2020, han aprobado la expedición del certificado literal de partida registral con firma electrónica a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL.
BASE LEGAL:
- Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 058-2020-SUNARP/SN.
De conformidad con el literal x) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp; con el visado de la Gerencia General, Dirección Técnica Registral, Oficina General de Tecnologías de la Información y la Oficina General de Asesoría Jurídica se ha establecido aprobar la expedición del certificado literal de partida registral, de los diferentes registros jurídicos, con firma electrónica y código de verificación, a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL.
El certificado de partida registral aprobado por la presente resolución entra en vigencia a partir del 08 de junio de 2020, para el caso de los Registros de Propiedad Inmueble, Personas Jurídicas y Personas Naturales; mientras que a partir del 01 de julio de 2020 para el registro de Bienes Muebles.
Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista