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Actualidad

Consideraciones a tener en cuenta en la emisión indebida de una factura física

Base Legal:

Informe Nº 059-2017-SUNAT/7T0000

1.- Si un sujeto designado como emisor electrónico del SEE “emite un documento en formato pre impreso por una operación por la que está obligado a emitir un comprobante de pago electrónico, aquel documento no reunirá las características para ser considerado comprobante de pago y, por ende, no permitirá al adquirente o usuario sustentar la deducción del costo o gasto para efectos del IR”.

2.- Si un sujeto designado como emisor electrónico del SEE emite un documento en formato pre impreso por una operación por la que está obligado a emitir un comprobante de pago electrónico, aquel documento al no reunir las características o requisitos mínimos establecidos en el RCP no permitirá al adquirente o usuario sustentar el crédito fiscal, salvo que contenga información señalada en el art. 1º de la Ley Nº 29215 y se hubiera efectuado el pago total de la operación, incluyendo el pago del IGV y de la percepción, de ser el caso, con los medios de pago y cumpliendo los requisitos señalados para tal efecto por el reglamento.

3.- En caso que un sujeto designado como emisor electrónico del SEE emita, por encontrarse imposibilitado de emitir el comprobante de pago electrónico por causa no imputable a él, un comprobante de pago en formato preimpreso, este permitirá al adquiriente o usuario sustentar gasto o costo para efecto del IR y crédito fiscal, aun cuando dicho sujeto no hubiera cumplido con la obligación de enviar a la SUNAT el “resumen de comprobantes impresos” informando sobre los comprobantes de pago no emitidos en el SEE.

Conclusiones: Al no emitir los comprobantes de pago correspondientes al sujeto designado como emisor electrónico no permitirá al adquirente o usuario sustentar la deducción del costo o gasto para efectos del IR siempre y cuando se evalúe la situación en la que se encuentre a efectos de realizar un análisis y verificar si existe un motivo imputable a éste.

Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista

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