El Derecho a la intimidad y los requerimientos de la SUNAT
Base Legal: EXP. N. º 04168-2006-PA/TC
Al respecto de la polémica entre los requerimientos que vulnerarían los derechos a la intimidad solicitados por la Administración Tributaria al Contribuyente en un procedimiento de fiscalización, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha emitido pronunciamiento de las solicitudes de información sensible, la misma que va más allá de las facultades de la Administración.
En ese sentido, en el EXP. N. º 04168-2006-PA/TC de fecha 24 de septiembre de 2008, indica que la Administración Tributaria había solicitado al contribuyente la siguiente información:
(…) ii) manifieste, con carácter de declaración jurada, si en los ejercicios 2000, 2001 y 2002 efectuó viajes al exterior, indicando el país o países de destino, si ha viajado solo o acompañado (de ser este último el caso deberá identificar la identidad y relación que guarda con la persona que lo acompañó), informando las fechas de salida y de retorno, tiempo de estadía en el exterior y el monto de dinero gastado en cada viaje. (…)
Finalmente, la Sala del Tribunal Constitucional Declara Fundada la demanda planteada por el recurrente, manifestando que:
(…) Respecto a la supuesta lesión del derecho a la intimidad, debe recordarse que la intimidad es una manifestación de la vida privada, que tiene parte de su concreción de carácter económico en el secreto bancario y la reserva tributaria. En este caso, no obstante, se cuestiona la intervención de la Administración en ámbitos que supuestamente no tendrían relevancia tributaria, por lo que se estaría vulnerando la intimidad del recurrente. (…)
De otro lado, es importante manifestar que, si bien la administración goza de las atribuciones fiscalizadoras anotadas, ello no implica que no tenga que motivar adecuadamente sus requerimientos, siendo que la misma, no ha motivado dichos requerimientos siendo que, no se determina por sí misma una finalidad de relevancia tributaria evidente.