Lunes - Viernes: 08:00 - 18:00
rosario@asecoint.com.pe
452-8744 / 998-152-657

Actualidad

LEY N.º 31556: REDUCE DE 18% A 10% EL IGV PARA RESTAURANTES Y HOTELES

El 01 de setiembre del 2022, el Gobierno promulgó la ley N.º 31556, que reduce de 18% a 10% el Impuesto General a las Ventas (IGV) para mypes turísticas, que comprendan restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, con el objetivo de promover la reactivación económica e impulsar al sector turismo.

Cabe resaltar que la medida entrará en vigencia el primer día del mes siguiente de su promulgación, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

En este escenario, quizás puede parecer algo confuso ya que en un inicio se dijo que la reducción sería del 18% al 8% y esto es cierto. Sin embargo, existe un impuesto que no es afectado por la norma. La confusión surge ya que el impuesto está compuesto por dos conceptos el IGV 16% y el IPM 2%. Sumados nos dan el 18% que solemos descontar normalmente. La norma indica la reducción para el IGV de 16% a 8%. Sin embargo, el IPM de 2% se mantiene, dando por resultado el 10% de impuestos.

Será aplicable para las Micro y Pequeñas Empresas que cumplan las siguientes características:

  • Su actividad principal debe ser restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.
  • Los ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan, por lo menos, el setenta por ciento (70%) de sus ingresos.
  • Ser microempresa (no superar las 150 UIT de ventas anuales) o pequeña empresa (que tiene entre 150 y 1700 UIT de ventas anuales).

No están comprendidas aquellas empresas que:

  • Conformen grupos económicos que en conjunto no reúnan las características antes mencionadas
  • Tengan vinculación económica con otras empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros
  • Si usted sabe que cumple dichas características, al momento de crear su comprobante electrónico, deberá aplicar el cambio del porcentaje del IGV al 10% en su propio sistema y enviarnos sus comprobantes con la modificación ya aplicada
  • En el caso que use un sistema de TumiSoft, deberá modificar la afectación en cada producto que usted considere vender con el nuevo impuesto. 

Fuente: www.andina.pe

Leave a Reply

WhatsApp Contáctanos Aquí