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LIBERACIÓN DE FONDOS DE LA CUENTA DE DETRACCIONES SE REDUCE A 5 DÍAS EN EL 95% DE LOS CASOS.

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El procedimiento de devolución de los excedentes de las cuentas de detracciones, que se realizaba en 45 días, se redujo en 5 días hábiles en el 95% de los casos.

A fin de solicitar la liberación de los fondos, los titulares de las cuentas de detracciones ahora deben presentar la Solicitud de Liberación de Fondos (SLF) virtual, los primeros cinco días de enero, abril, julio y octubre. En el caso de los buenos contribuyentes y los agentes de retención la SLF se realizará cada dos meses: enero, marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre.

Para solicitar la liberación de fondos se debe cumplir con tres requisitos: (i) no tener deuda tributaria pendiente de pago al fisco; estar con la condición de contar con domicilio fiscal “habido” (encontrado), y haber presentado las declaraciones juradas de impuestos, a los que está obligado.

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