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Actualidad

Intangibilidad de los fondos de AFP

Informe:

Hay que recordar que, las personas que son afiliados al Sistema Privado de Pensiones y accedan al retiro facultativo de hasta 4 UIT de sus fondos de acuerdo al cronograma establecido por dicha entidad tienen la calidad de intangibles, en ese sentido, dicho reembolso no puede ser descontado o retenido por deudas contraídas con entidades financieras.

Excepción:

Dicha regla no aplica en un caso específico, se podrá descontar parte de lo solicitado a quienes tengan retenciones judiciales por deudas alimentarias, así mismo, los responsables de retención judicial o convencional hasta por un máximo del 30 % del monto retirado será las AFP.

Conclusión:

El retiro de los fondos de AFP de hasta 4UIT son intangibles, salvo en el caso que tengan retenciones judiciales devenidas de un proceso judicial por deudas alimentarias, con un límite máximo del 30%.

Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista

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