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Actualidad

Nuevo bono individual de S/ 350

Base Legal:

  • Decreto de Urgencia Nº 080-2021.

De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 080-2021 de fecha 24 de agosto de 2021, se establece que el cobro del subsidio monetario del nuevo bono individual ascendiente a S/ 350.00 puede hacerse efectivo hasta el 30 de abril del 2022.

En ese sentido, el referido Decreto de Urgencia, señala que de forma excepcional y por única vez se otorgará un subsidio monetario individual ascendiente a S/ 350.00 (Trescientos Cincuenta con 00/100 Soles) a favor de:

Personas mayores de edad que pertenecen a:

1.- Hogares en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo con el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

2.- Hogares beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres – JUNTOS con algún integrante que sea beneficiario de “Pensión 65” y/o hogares con algún integrante que sea beneficiario del Programa– CONTIGO a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

3.- Hogares no comprendidos en los literales a y b precedentes, cuyos integrantes no se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), o en la planilla privada, exceptuándose a los pensionistas y a la modalidad formativa.

Excepción:

Cabe resaltar que los ciudadanos que se beneficiarán de dicho bono individual, podrán percibir dicho subsidio siempre que el ingreso de los hogares no supere los S/ 3,000.00 (Tres Mil con 00/100 Soles) de acuerdo a la información brindada por la SBS y SUNAT, o en la planilla del centro de trabajo.

Conclusiones:

El bono individual de S/ 350.00 solo podrá ser otorgado a quienes pertenezcan a una condición específica de pobreza, para lo cual, las entidades públicas realizarán el cruce de información a fin que se respete la formalidad establecida y evitar beneficios indebidos.

Fuente: https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-de-urgencia-que-establece-medidas-adicionales-extrao-decreto-de-urgencia-n-080-2021-1984859-1/#:~:text=El%20presente%20Decreto%20de%20Urgencia,la%20pandemia%20por%20COVID%2D19.

Deiby Castañeda Díaz
Abogado Tributarista

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