Alcances sobre el reciente Reglamento Operativo del Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE – FORPRO
Base normativa: Decreto de Urgencia Nº 008-2017. Anexo de la R.M. Nº 202-2017-EF/15 que aprueba el Reglamento Operativo del Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE – FORPRO (Publicado el 07/06/2017)
Mucho se ha estado debatiendo en los medios de comunicación sobre la actividad del Estado para hacer frente a los efectos del Fenómeno del Niño Costero. El día de hoy observaremos uno de los mecanismos de apoyo que el Estado está implementado respecto del fenómeno mencionado, es de tener en cuenta que el FORPRO estará dirigido al sector empresarial (que cumplan los requisitos según el Reglamento) con fines de reactivación y fortalecimiento productivo de la Micro y Pequeña Empresa, sin embargo otorga mayor beneficio a aquellas que se ubiquen en Zonas de Emergencia por los últimos fenómenos naturales.
1.- FORPRO
Con el fin de atender las consecuencias de los últimos fenómenos sobrenaturales y con el ánimo de fortalecer a las MYPES se creó el FORPRO mediante Decreto de Urgencia Nº 008-2017 publicado en el mes de abril, su reglamento fue publicado el día de hoy (07/06/2017) donde se revelan sus alcances y beneficios.
1.1 ¿Qué es el FORPRO?
El Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE – FORPRO es un mecanismo temporal creado por el Estado a fin de hacer frente a los efectos registrados por el fenómeno del Niño Costero y para la reactivación de las MYPES y apoyar a su producción. Entre sus objetivos principales estará el acceso a recursos financieros que permita financiar capital de trabajo, y reponer y/o adquirir activos fijos, teniendo en cuenta que las MYPE tienen un menor acceso a préstamos o adquieren uno con mayores tasas de interés. Este fondo será alimentado por otros creados anteriormente: El Fondo MIMYPE (Ley 30230), el Fondo de Garantía Empresarial (creado por Decreto de Urgencia 024-2009) y el Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa (Decreto de Urgencia 050-2002).
1.2 ¿Cómo funciona?
El responsable de la administración del fondo será el COFIDE (Corporación Financiera de Desarrollo S.A) que actuará para los efectos de esta norma como el FIDUCIARIO, quien establecerá los criterios para la elección de las IFI (Instituciones Financieras que actuaran como intermediarias y que están autorizadas por la SBS)
Las IFI serán las encargadas de otorgar los Subpréstamos a las MYPES.
2.- DATOS PARA LAS EMPRESAS BENEFICIADAS:
2.1 Vigencia:
Este fondo será aplicado solo hasta el 31 de diciembre del próximo año (2018).
2.2 Beneficiados:
A los Beneficiados por esta norma se les llamará SUBPRESTATARIOS y serán los que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ingresos netos anuales correspondientes al ejercicio fiscal anterior a la solicitud del SUBPRÉSTAMO que no superen las 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT).
- Que pertenezcan al Régimen MYPE Tributario Impuesto a la Renta o al Régimen General del Impuesto a la Renta.
- Que se encuentren clasificados en la central de riesgos de la SBS en la categoría Normal o cuya calificación crediticia se haya deteriorado a CPP a partir de marzo de 2017 o, los que no se encuentren reportados en la central de riesgos de la Superintendencia de Banca y Seguros.
2.3 Plazo del Subpréstamo:
El plazo del SUBPRÉSTAMO no puede superar los doce (12) meses.
En caso el SUBPRESTATARIO se encuentre ubicado en ZONAS DE EMERGENCIA, se puede considerar adicionalmente hasta tres (3) meses de período de gracia, periodo en el que el SUBPRESTATARIO continúa pagando los intereses correspondientes.
2.4 ¿Bonos?
Es un beneficio que se otorga a los SUBPRESTATARIOS al momento del desembolso del SUBPRÉSTAMO de CAPITAL DE TRABAJO, este bono debe ser destinado a la amortización de la deuda inmediatamente.
Los bonos se otorgarán según el siguiente cuadro:
Estos bonos pueden ser perdidos si se cae en determinadas conductas como que el subpréstamo se haya vencido, se haga un pago del monto total antes de seis meses y se haya otorgado documentación falsa.
Si asesoras a una empresa que necesite de estos beneficios coméntale sobre esta nueva norma.