
Estimados lectores, te presentamos 4 diferencias entre prestadores de servicio y trabajadores, a continuación:
1.Por el tipo de Contratación:
En el Contrato de Trabajo, existe el Empleador que puede ser una Persona Natural, como una Persona Jurídica. La contraparte de este es el TRABAJADOR, quien es una persona natural subordinada al primero.
En la Locación de servicios: El locador es un servidor independiente que ofrece los servicios de manera personal o particular y el comitente es aquella persona natural o jurídica que requiere o solicita un tercero para un objetivo específico.
Los trabajadores son declarados en planilla se rigen bajo las leyes laborales del sector privado y los prestadores de servicio bajo el artículo 1764 y subsiguientes del Código Civil.
3.Por la Subordinación:
El empleador subordina al trabajador en:
- Jornada y horario laboral.
- Descanso de refrigerio.
- El empleador determina las funciones y posee facultad de amonestar al trabajador por su incumplimiento.
- El trabajador está sujeto a fiscalización por parte del empleador.
Tener en cuenta que la prestación de servicios no aplica lo mencionado previamente.
4. Por la constancia de pago:
- El trabajador subordinado, acorde a la cantidad de horas laborado, presentará un monto determinado en las planillas del empleador y la evidencia pago se puede obtener mediante boleta de pago, incluyendo descuentos o reconocimientos de horas extras.
- El locador y}/o servidor independiente no aparece en planilla y por lo tanto emite su comprobante de pago mediante un recibo por honorario.
Conoce las siguientes diferencias para evitar inconvenientes a futuro.
- Procedimientos de fiscalización por parte de SUNAFIL y las consecuencias de las infracciones a la normativa sociolaboral.
- Demandas de reconocimiento de vínculo laboral y pago de beneficios sociales.
- Pago de multas tributarias por la regularización de la condición laboral de los prestadores de servicios (ONP y SALUD)
- Regularización de las constancias de pago, los recibos por honorarios emitidos por el trabajador reconocido e incorporado en planilla.
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