SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL PARA PACIENTES DIAGNOSTICADOS CON COVID-19
SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL PARA PACIENTES DIAGNOSTICADOS CON COVID-19
Base Legal:
- Decreto de Urgencia 026-2020.
- Decreto de Urgencia 034-2021.
De acuerdo a lo establecido por el Decreto de Urgencia 026-2020 de fecha 15 de marzo de 2020, se estableció en su artículo 24º lo siguiente:
Autorizar excepcionalmente al Seguro Social de ESSALUD a brindar a los trabajadores cuya remuneración percibida sea hasta S/ 2 400 soles y que hayan sido diagnosticados con COVID-19, corroborado con hisopado positivo o el procedimiento que establezca la autoridad nacional pertinente el subsidio por incapacidad temporal para el trabajo.
Dicho subsidio estará a cargo de ESSALUD y será otorgado los primeros 20 días de incapacidad aplicándose desde el día 21, de acuerdo con lo previsto en el literal a.3) del artículo 12 de la Ley Nº 26790 (Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud), la entrega del subsidio a los empleadores se realiza en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud y cabe resaltar que el subsidio no es acumulable para el cómputo del plazo máximo anual subsidiado al que se refiere dicho literal.
De otro lado, con fecha 31 de marzo de 2021 se ha promulgado el Decreto de Urgencia 034-2021, el cual señala en su artículo 5º lo siguiente:
Disponer que el otorgamiento del “Subsidio por Incapacidad Temporal para pacientes diagnosticados con COVID-19” se realice respecto de las pruebas diagnósticas confirmatorias de la COVID-19 efectuadas hasta el 31 de marzo del 2021.
- El subsidio en mención se otorga por única vez.
- El derecho de los empleadores a solicitar el reembolso por el subsidio, otorgado a sus trabajadores, vence a los 90 días calendario desde la fecha del resultado de la prueba que diagnostica que confirma la COVID-19.
Recomendación:
En ese sentido, a efectos de no incurrir en equivocaciones para presentar dicha solicitud se recomienda efectuar el cómputo de plazos de acuerdo a lo que establece el presente cuerpo normativo.
Deiby Castañeda Díaz Abogado Tributarista