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COMO CONSTITUIR UNA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (EIRL)

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Muchas personas en la búsqueda de desarrollar su actividad empresarial e iniciar sus emprendimientos, debaten la necesidad de si ejecutarlas como persona natural o como una persona jurídica, el tipo de negocio, como financiaran su emprendimiento y la posibilidad de captar clientes, así como también, obligaciones tributarias.
La diferencia que posee una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, como persona jurídica de las demás sociedades, es su particularidad de poder ser constituida por una sola persona para el desarrollo exclusivo de sus actividades económicas bajo el régimen de una pequeña empresa.

A continuación, les explicaremos como constituir una EIRL ante los Registros Públicos (SUNARP)

  1. Realizar la parte notarial de la Escritura Pública de constitución de la empresa
La Escritura Publica de Constitución se elabora en función al Decreto Ley N°21621 y lo demás regulado en la Ley General de Sociedades y su Reglamento, debe contener lo siguiente:
  • Nombre, nacionalidad, estado civil, cónyuge (si estuviese casado) y domicilio del otorgante de la Escritura Pública.
  • Voluntad de constituir la Empresa y de efectuar sus aportes por parte del otorgante
  • La denominación y domicilio fiscal de la empresa
  • La descripción de los negocios u operaciones licitas y que constituye su objeto social, asi como también todos los actos que estén relacionados con este y que le permitan la realización de sus fines empresariales, no siendo necesariamente que estén expresamente señalados en el presente pacto social.
  • El Valor del Patrimonio aportado, los bienes que la constituyen y su valorización.
  • El Capital Social de la empresa – Monto aportado por los constituyentes
  • El Régimen de los Órganos de la empresa – Titular y Gerente.
  • Nombramiento del Gerente o Gerentes.
  • Lo demás que disponga la ley.

2. Llenar el Formulario de la solicitud de Inscripción que es distribuido gratuitamente en las oficinas de SUNARP. Debe ser firmado y llenado sin borrones o enmendaduras por el Representante Legal.

3. Pago de Derechos Registrales – 1.08 % UIT por derechos de calificación

Precisiones

  • Sobre los puntos anteriores cabe precisar que la inscripción ante Registros Públicos tiene que hacerse en el plazo máximo de 30 dias después del otorgamiento de la Escritura Publica por el Notaria Público.
  • En el caso de que la inscripción de la EIRL inscriba sucursales, habrá un plazo adicional de 30 dias.
  • Durante los quince primeros dias la SUNARP publicara una lista de las empresas debidamente inscritas en el mes anterior.
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos calificará la inscripción en un plazo no superior a 24 horas, así mismo, se recomienda que previamente se elabore la Reserva de Nombre, ya que, con ello, se evitaran observaciones por parte del registrador, así como gastos adicionales si se confirmase que el nombre ya esta registrado o concedido a favor de otra persona.

Inscripción Digital

En la actualidad la SUNARP con el fin de facilitar la constitución de empresas para jóvenes emprendedores ha realizado a través de su plataforma virtual, donde toda la información que se debería de presentar físicamente a Registros Públicos puede ser remitida electrónicamente e inscribirse.

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