¿Qué cambia con la actualización del Catálogo N°25?
SUNAT ha actualizado el Catálogo N°25. Este catálogo contiene los códigos que identifican productos y servicios en los comprobantes de pago electrónicos. La actualización entra en vigor el 1 de agosto de 2026. Se agregan tres anexos nuevos: 25.1, 25.2 y 25.3. Cada anexo agrupa clasificaciones específicas para determinados bienes.
¿Qué bienes están comprendidos en los nuevos anexos?
Los anexos agrupan, entre otros, los siguientes bienes:
- Anexo 25.1: oro, explosivos, insumos químicos, combustible, maquinarias y equipos, otros bienes y servicios.
- Anexo 25.2: harina, polvo y pellets de pescado y otros invertebrados acuáticos; minerales metálicos no auríferos; plomo; piedra; arena, entre otros.
- Anexo 25.3: dióxido de carbono; poli (tereftalato de etileno) sin adición de dióxido de titanio; envases o preformas de PET, entre otros.
¿Qué implica esta actualización en la práctica?
SUNAT está afinando el sistema que valida los comprobantes de pago antes de aceptarlos. Desde el 1 de agosto de 2026, cada comprobante que incluya alguno de estos bienes deberá llevar el código correcto. Si el código no coincide con el bien facturado, o si se omite, SUNAT podrá observar o rechazar el comprobante. El código correcto deja de ser un detalle de forma. Se convierte en un requisito indispensable para la validez del comprobante. Un comprobante rechazado puede retrasar la facturación de tu empresa. También puede afectar el sustento del gasto o del crédito fiscal. Incluso puede obligarte a emitir notas de corrección o nuevos comprobantes.
¿Es obligatorio cumplir con esta actualización?
Sí, la actualización es obligatoria. Aplica a toda empresa que emita comprobantes de pago electrónicos. También aplica si la empresa comercializa algún bien incluido en los anexos 25.1, 25.2 o 25.3. No se trata de una simple recomendación técnica. Es un requisito de validez que SUNAT aplicará de forma automática al emitir el comprobante.
¿Cómo puede prepararse tu empresa?
- Revisa el listado completo de códigos publicado por SUNAT.
- Compáralo con el catálogo de productos que usa tu empresa actualmente.
- Actualiza tu sistema de facturación electrónica antes del 1 de agosto de 2026.
- Capacita al personal de facturación en la correcta asignación del código de producto.
- Realiza pruebas de emisión antes de la fecha límite para detectar errores a tiempo.
Conclusión
La actualización del Catálogo N°25 introduce una exigencia concreta. El código de producto debe reflejar con precisión el bien o servicio facturado. Su cumplimiento es obligatorio desde el 1 de agosto de 2026. Por ello, se recomienda adecuar los sistemas de facturación con anticipación. Así se evitan observaciones, rechazos o contingencias tributarias por una codificación incorrecta.
