¿ CUÁLES SON LOS DELITOS DE CORRUPCIÓN CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ?
Estimados lectores, el Perú ha desarrollado varios cambios en cuanto a la tipicidad y causalidad que configura nuestra normativa los delitos que atentan la Administración Publica, es así que, podemos afirmar que dichos delitos son cometidos por funcionarios públicos que valiéndose de su posición y en el ejercicio de su cargo público.
Acorde al Código Penal establece desde en el Titulo XVIII desde el Articulo Nº393 hasta el Nº426 los Delitos Contra la Administración Pública, que de alguna manera influyen a los empresarios y que se debe tomar en cuenta en todo momento:
- Art.362 – El tráfico de influencias: Aplica cuando un Funcionario Público se encarga de brindar un beneficio a una persona de su entorno (un familiar o un tercero) y utiliza sus atribuciones e influencia en el cargo para conseguir un puesto laboral o interferir en un concurso público.
2. Articulo Nº393 – Art. Nº398 Cohecho: El Cohecho es un delito que consiste en solicitar, ofrecer o aceptar regalos o retribuciones a un funcionario público para que haga una infracción administrativa en sus funciones. El provecho puede ser propio o para un tercero.
Existen diversos tipos de Cohecho que nuestro ordenamiento jurídico determina los cuales explicamos de la siguiente manera:

A continuación, explicamos las diversas comisiones del Delito de Cohecho:
- Sujeto Activo de la Comisión del Delito: El Funcionario Público.
- Sujeto Pasivo de la Comisión del Delito: El Estado
- Conducta Antijuridica: La omisión o cumplimiento de sus funciones para provecho de un tercero mediando una promesa, dadiva o beneficio económico.
- Tipicidad: Art.393 – Art. 396
- Nexo Causal: La aceptación de la promesa, dadiva, beneficio económico o donativo por cualquier persona.

- Sujeto Activo de la Comisión del Delito: Persona Natural o Jurídica.
- Sujeto Pasivo de la Comisión del Delito: El Estado y la Administración Publica
- Conducta Antijuridica: Ofrecimiento a un Funcionario o Servidor Público de un Beneficio Económico u otra modalidad de incentivo para influir en su decisión o la comisión de sus obligaciones.
- Tipicidad: Art.397 – Art. 398
- Nexo Causal: El ofrecimiento de la promesa, dadiva, beneficio económico o donativo al Funcionario o Servidor Público.

3. Art. 385 – Patrocinio ilegal: Aplica cuando un funcionario público promueve o asesora intereses de particulares ante la administración pública.
Los mencionados delitos cometidos por Funcionarios públicos, manifiestan que la parte involucrada para la comisión de los mismos es un tercero que busca provecho propio o para un tercero.
¿Cuál es el impacto económico de los mencionados delitos en mi empresa?
La manifestación de los hechos se desarrolla en su mayoría mediando un tercero sea persona natural o jurídica , por lo tanto nuestro ordenamiento jurídico busca que por cualquier medio se establezca tal conducta antijurídica, con el objetivo de que en la empresa privada se reduzca la eficacia económica, debido a que un funcionario público, podría prevalecer de sus atribuciones o funciones de su cargo para lograr que el empresario no depende de la búsqueda de la generación de actividades económicas y la generación de riqueza mediando su actividad económica, sino de la capacidad de influir en los responsables de las decisiones respecto a los actos regulatorios o el destino de los fondos públicos como por ejemplo el caso de contrataciones con el estado.
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