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Actualidad

Subsidio a Transportistas

Base Legal: Decreto de Urgencia N° 021-2022

Estimados lectores. Mediante el Decreto de Urgencia N° 021-2022, de fecha 13.08.2022, se aprueba la devolución del 40% del pago de los peajes durante cuatro meses a los transportistas que prestan el servicio de carga y traslado de mercancías, así como el servicio de transporte regular de personas.

Al respecto, es importante manifestar que los transportistas que sean beneficiados con dicho subsidio económico deben cumplir con las siguientes condiciones:

a) Tener títulos habilitantes vigentes a la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. También pueden acceder al subsidio quienes hayan adquirido el título habilitante con posterioridad a la vigencia del presente Decreto de Urgencia, siempre que hayan presentado su solicitud hasta antes de dicha fecha.

c) Emitir comprobantes de pago electrónicos por la prestación del servicio de transporte público terrestre de mercancías y/o del servicio de transporte regular de personas, en tanto esté obligado, de acuerdo con las normas que emita la SUNAT. No se aplica dicha condición al servicio de transporte regular de personas de ámbito provincial.

d) El contribuyente debe estar registrado con estado “activo” y en condición de habido en su RUC.

Para más información no dude en contactarnos.

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