Consideraciones vinculadas a la omisión de la declaración del Impuesto a la Renta 2021
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria aplicará multas respectivas a todos los contribuyentes que no presenten la Declaración Jurada de Regularización del Impuesto a la Renta 2021 entre el 25 de marzo y el 8 de abril.
En cuanto a la fecha de vencimiento, se ha establecido un cronograma de acuerdo al último dígito del RUC de cada persona, el cual puede ser verificado en la página oficial de la Administración Tributaria.
1. En cuanto a las personas jurídicas o personas naturales con negocio, se deberá efectuar la regularización de la presentación dado que la multa asciende a 1 UIT. Si se efectúa la regularización de forma voluntaria existirá una rebajada hasta el 90%. 2. En cuanto a las personas naturales sin negocio, de omitir dicha obligación tributaria, la resolución de multa equivalente al 50% de 1 UIT. Si se efectúa la regularización de forma voluntaria existirá una rebaja de hasta el 90%.
2. En cuanto a las personas naturales sin negocio, de omitir dicha obligación tributaria, la resolución de multa equivalente al 50% de 1 UIT. Si se efectúa la regularización de forma voluntaria existirá una rebaja de hasta el 90%.