EXONERACIÓN DEL IGV A LA VENTA DE LIBROS Y REINTEGRO TRIBUTARIO
Estimado lector, en relación a la ley N° 31053 que fomenta el derecho a la lectura, es posible una exoneración del IGV hasta 3 años en la importación y/o venta en el país de libros y productos editoriales afines .
Además,el reintegro tributario regirá por un período de tres años contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo establecido. Asimismo, dicha ley aplica a editores de libro cuyos ingresos anuales tengan hasta 150 UIT.
Algunos de los productos exonerados son las hojas sueltas o plegadas, diccionarios, enciclopedias, publicaciones en el sistema braille, publicaciones periódicas con contenido científico, educativo o cultural y música manuscrita o impresa.
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