INFORME N° 057-2016-SUNAT/5D0000: LOS EMISORES PODRÁN USAR A SU ELECCIÓN EL SEE O EL SEE-SOL
Los emisores electrónicos designados mediante la Resolución de Superintendencia N.° 203-2015/SUNAT podrán utilizar -indistintamente y a su elección- el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) – Del contribuyente o el SEE – SOL para emitir facturas electrónicas y boletas de venta electrónicas; debiendo, además, emitir notas de crédito y/o notas de débito a través del SEE, cuando corresponda.
VER EL INFORME EN: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2016/informe-oficios/i057-2016.pdf