LOS INCENTIVOS DEBEN FIJARSE CON CLARIDAD
Las revisiones de criterios para otorgar beneficios resulta fundamental.
Para otorgar cualquier incentivo económico a los trabajadores las empresas deben determinar si el beneficio tiene o no carácter remunerativo a fin de afrontar en forma satisfactoria y con sustentos claros las fiscalizaciones tributario laborales y evitar contingencias.
A criterio del laboralista Germán Lora, del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, esto es fundamental considerando que para la Sunat determinados conceptos no remunerativos en el ámbito laboral sí tienen carácter remunerativo para efectos tributarios.
Citó como ejemplo el caso de la asignación por combustible que para el fisco adquiere carácter remunerativo cuando no existe una rendición de cuentas de este beneficio de parte del trabajador. Así como el caso del reembolso de pasajes que para la administración tributaria representa una ventaja patrimonial para los trabajadores, cuando no rinden cuentas de la movilidad empleada, refirió.
Acciones
Ante ese escenario, considera además fundamental que los empleadores con la debida asesoría legal efectúen una revisión de los pagos que ya hayan efectuado a sus trabajadores.
Sostuvo que a veces por no generar un costo laboral o tributario las empresas sin asesoría legal corren el riesgo de calificar mal los beneficios que entregan al otorgar carácter no remunerativo a lo que para la Sunat sí tiene tal característica, generándose con ello contingencias fiscales incluso con Essalud.
La Sunat suele incidir también en la determinación de la las relaciones laborales, y de la condición de no domiciliado o domiciliado del empleador, detalló.
Por ende sugirió a las empresas efectuar cada año una auditoría laboral tributaria.
Revisiones periódicas
El tributarista Iván Chu del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados indicó que la Sunat puede realizar fiscalizaciones definitivas, parciales, parciales electrónicas, y verificaciones fiscales que no constituyen fiscalizaciones. Ante ello, manifestó que las empresas deben efectuar revisiones periódicas de los conceptos laborales que usan para otorgar beneficios a sus trabajadores y así validar los criterios que aplican y sustentarlos de ser el caso ante el fisco.
LINEAMIENTOS
Ante una fiscalización de la Sunat, Chu recomendó a los empleadores identificar primero el tipo de la misma y revisar los requerimientos.
Posteriormente buscar el asesoramiento legal y preparar la documentación que se exhibirá, detalló.
Manifestó que para el día de la inspección deberá estar presente el el contador y el asesor tributario de la empresa.
Fuente: El Peruano (22/03/2016)