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PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES A QUE SE REFIERE EL D.S. Nº 115-2001-EF, APLICABLES A LAS IMPORTACIONES DE MAÍZ, AZÚCAR Y LECHE ENTERA EN POLVO

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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 007-2016-EF/15.01

Lima, 27 de marzo de 2016

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo;

Que, a través del Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF, que establece el Sistema de Franja de Precios aplicable a la importación de diversos productos agropecuarios, se ha variado la regulación contenida en los artículos 2, 4 y 7; así como los Anexos II y III de dicha norma; y se han actualizado las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios, disponiéndose que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2016;

Que, de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo a que se refiere el considerando precedente, mediante Resolución Viceministerial emitida por el Viceministro de Economía se publicarán los precios de referencia así como los derechos variables adicionales. Para tal efecto y por única vez, se utilizarán los precios promedio de la quincena comprendida entre el 1 y el 15 marzo del presente año, que se obtenga en base a las cotizaciones observadas en los mercados internacionales de referencia, de acuerdo al Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF;

Que, en ese sentido, corresponde publicar los Precios de Referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de marzo de 2016; y

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Publíquese los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF:

PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES

(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)

US$ por T.M.

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Maíz Azúcar Arroz Leche

entera en

polvo

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Precios de

Referencia 160 425 375 2 273

Derechos 97 93 81 (arroz cáscara) 1 276

Variables 116 (arroz pilado)

Adicionales

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

ENZO DEFILIPPI

Viceministro de Economía

Fuente: El Peruano (28/03/2016)

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