SE ELIMINAN LOS PROCEDIMIENTOS DE PRESENTACIÓN DE CONTRATOS DE TRABAJO Y CONVENIOS PREVISTOS EN LA LEY DE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES ASÍ COMO ALGUNOS REQUISITOS DE LOS CONTRATOS DE TRABAJADORES EXTRANJEROS.
delegadas por el Legislativo – ha publicado el Decreto Legislativo N° 1246, dispositivo a través del cual ha derogado una serie de procedimientos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) así como determinadas formalidades de obligatoria inclusión en los contratos de trabajadores extranjeros.
El detalle de estos cambios a continuación:
CONTRATOS DE TRABAJO
“Artículo 73.- La Autoridad Administrativa de Trabajo podrá ordenar la verificación de los requisitos formales a que se refiere el artículo precedente, a efectos de lo dispuesto en el inciso d) del Artículo 77, sin perjuicio de la multa que se puede imponer al empleador por el incumplimiento incurrido.”
(Se retiró el primer párrafo referido a la presentación al MTPE)
CONVENIOS DE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
“Artículo 48.- Registro
Los beneficiarios de las diferentes modalidades formativas deben ser declarados como tales en la planilla electrónica, conforme a la normativa aplicable.”
(Se modificó la totalidad del texto del artículo 48°)
CONTRATOS DE TRABAJADOR EXTRANJERO
“Artículo 8.- Las solicitudes deberán ser acompañadas con los siguientes documentos:
- a) Declaración Jurada de la empresa donde se señale que la contratación del extranjero cumple las condiciones establecidas por esta ley y cuenta con la capacitación o experiencia laboral requerida por la misma.
- b) El contrato de trabajo escrito.”
(Se retiraron los literales c) y d) los cuales hacían referencia, entre otros, a la fotocopia legalizada del pasaje o billete de transporte del trabajador extranjero y su familia que garanticen su retorno a su país de origen)
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