Se dispone sancionar el incumplimiento de las medidas emitidas durante la emergencia sanitaria a nivel nacional
Base legal:
Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM
Decreto Legislativo Nº 1458
Que, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, se establece que, el sábado 25 de diciembre de 2021 y el sábado 1 de enero de 2022 será prohibido organizar cualquier tipo de evento a nivel nacional, además, se recalca que el toque de queda será de 1:00 am hasta las 4:00 am; en ese sentido, en las provincias del nivel de alerta moderado; está prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro niveles de alerta.
MULTAS
En cuanto a la aplicación de las multas, desde febrero del presente año, se han aplicado las multas estipuladas en el Decreto Legislativo Nº 1458.
- Las sanciones pueden ir desde los S/ 88.00, sin afectar otras sanciones que puedan derivar de la falta que cometas.
- Permanecer fuera del domicilio durante la inmovilización social obligatoria equivale a S/ 440.00 de multa.
- Circular con el vehículo en medio del toque de queda, la Policía Nacional retendrá tu tarjeta de propiedad y licencia de conducir, imponiendo una multa de S/ 6,450.
- Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales y religiosas S/. 396.00.